martes, 11 de septiembre de 2007

El Sistema Penal Acusatorio y La Oralidad 2005

CAMPO

ÁREA

ASIGNATURA
El sistema acusatorio y la oralidad en 2005

Guía para el Participante

Módulo único

Lección

El sistema acusatorio y la oralidad en 2005

Referencias:

Proyecto del Código de Procedimiento Penal, Constitución Nacional
Meta

Los participantes estarán en capacidad de identificar las características del sistema acusatorio y la importancia de la oralidad en desarrollo del proceso penal.

Objetivos de aprendizaje (en secuencia)

Al finalizar la lección, el participante podrá:

1. Nombrar los ocho actores principales en el nuevo sistema de acuerdo a lo visto en la lección.
2. Describir qué funciones cumplirá el investigador en el nuevo sistema penal acusatorio de acuerdo a la instrucción recibida.
3. Comparar algunas tareas que cumple un investigador en la actualidad con las que cumplirá en el nuevo sistema de acuerdo a los conocimientos impartidos.
4. Describir las funciones que le competen al fiscal como representación del Estado en el 2005 de acuerdo a la instrucción.
5. Describir las funciones que cumplirá el defensor en el 2005 de acuerdo a lo visto en la lección.
6. Describir las funciones a cumplir por parte del juez de garantías en el nuevo sistema penal de acuerdo a lo visto en la instrucción.
7. Describir las funciones encomendadas al juez de conocimiento en el 2005 de acuerdo a lo presentado en clase.
8. Identificar el juicio como etapa del proceso penal de acuerdo a lo visto en la instrucción.
9. Enumerar las características que integran el proceso oral de acuerdo a lo visto en la lección.

Lección Única

I. Introducción

En el año 2005, el proyecto del nuevo Código de Procedimiento Penal, será una realidad. Sino todo el país, por lo menos una parte se encontrará envuelta en un cambio radical. Es probable que haya problemas y muchas modificaciones al principio, simplemente porque es imposible identificar toda inconsistencia o incongruencia “en el papel”. Algunas cosas solamente se verán “sobre la marcha”. Sin embargo, aún falta tiempo y hay mucho que hacer antes de entrar a regir el nuevo sistema.

A. Propósito

Este curso esta diseñado para presentar el nuevo sistema penal al investigador, y está lección en particular, para explicar las funciones de los diferentes actores en el nuevo drama, el sistema acusatorio.

B. ¿Por qué es importante? (motivación)

“La justicia engrandece a la nación. . .” Proverbios 14:34

Para que un pueblo o una nación se beneficien de la justicia, esta tiene que ser visible al pueblo. He allí la gran necesidad de un nuevo método que es punto y aparte del sistema inquisitivo o mixto que no ha permitido a los Colombianos observar el procedimiento penal en acción. Esto ha llevado a una falta de confianza en esta práctica, y por consecuencia, en las autoridades que cumplen sus funciones en la misma. ¡Qué venga la luz!

C. ¿Qué aprenderá (objetivos de aprendizaje)

Al finalizar la lección, el participante podrá:

1. Nombrar los ocho actores principales en el nuevo sistema de acuerdo a lo visto en la lección.
2. Describir qué funciones cumplirá el investigador en el nuevo sistema penal acusatorio de acuerdo a la instrucción recibida.
3. Comparar algunas tareas que cumple un investigador en la actualidad con las que cumplirá en el nuevo sistema de acuerdo a los conocimientos impartidos.
4. Describir las funciones que le competen al fiscal como representación del Estado en el 2005 de acuerdo a la instrucción.
5. Describir las funciones que cumplirá el defensor en el 2005 de acuerdo a lo visto en la lección.
6. Describir las funciones a cumplir por parte del juez de garantías en el nuevo sistema penal de acuerdo a lo visto en la instrucción.
7. Describir las funciones encomendadas al juez de conocimiento en el 2005 de acuerdo a lo presentado en clase.
8. Identificar el juicio como etapa del proceso penal de acuerdo a lo visto en la instrucción.
9. Enumerar las características que integran el proceso oral de acuerdo a lo visto en la lección.

II Contenido

Objetivo de Aprendizaje 1

1 Nombrar los siete actores principales en el nuevo sistema de acuerdo a lo visto en la lección.

En el nuevo sistema existen “actores” principales que tienen diferentes funciones. Cuando cada uno de ellos ejercitan bien sus labores, el sistema funciona como debe funcionar.

1.1 El sistema acusatorio es un proceso que culmina en un drama. Tiene seis actores
· El Investigador
· El Fiscal
· El Abogado Defensor
· El Ministerio Público – cabe mencionar que el verdadero papel del Ministerio Público no está muy claro en el nuevo Código debido a que sus funciones las debe realizar el juez control de garantías y el juez de conocimiento. Sí puede hacer preguntas en el juicio, y sí puede presentar un alegato al final del juicio.
· El Juez de Control de Garantías
· El Juez de Conocimiento
· La Victima. El proyecto de Código de procedimiento penal, le da gran importancia a la protección y sobre todo al restablecimiento de los derechos de la víctima, la que en la nueva legislación no solo tendrá interés patrimonial, sino también punitivo, por lo que podrá hacer representar sus intereses en la investigación y en el juicio mediante su abogado, quien tendrá los mismos derechos y facultades de los demás sujetos procesales, aunque sus intervenciones son limitadas.
· El indiciado-imputado-acusado: De acuerdo a la etapa de la investigación el responsable de la actuación toma esta denominación.

Objetivo de Aprendizaje 2

2. Describir qué funciones cumplirá el investigador en el nuevo sistema penal acusatorio de acuerdo a la instrucción recibida.

Aunque el sistema penal acusatorio re-estructura el sistema actual, las técnicas de investigación no cambian mucho en sí, las labores adelantadas por el investigador judicial cambiarán drásticamente en ciertos aspectos.

El Investigador en el 2005 tiene muchas funciones, algunas muy diferentes a las desempeñadas por el investigador actual.

· Investiga, bajo reserva, para identificar y recolectar los elementos probatorios.
· Preserva los elementos probatorios, mediante cadena de custodia.
· Colabora con el fiscal para:
Preparar los elementos probatorios para el juicio
Identificar a posibles testigos y contextualizarles para el juicio.
· Presenta su propio testimonio en el juicio.

Objetivo de Aprendizaje 3

3. Comparar algunas tareas que cumple un investigador en la actualidad con las que cumplirá en el nuevo sistema de acuerdo a los conocimientos impartidos.

Podemos ver algunas de las áreas muy específicas donde cambia el papel del investigador en el lugar de los hechos y a través de la investigación que continua.

3.1 El investigador ahora
· Investiga bajo los ojos del fiscal presente en el lugar quien oficializa las pruebas
3.1.1 En 2005
· Las averiguaciones en el campo se llevarán a cabo directamente por los investigadores, sin la presencia del fiscal


3.1.2 Su significado
· El investigador necesitará un conocimiento detallado del C.P., y C.P.P
o Para reconocer los elementos del delito
o Para saber cuales elementos buscar durante la investigación de acuerdo al delito.
o Para adelantar en debida forma los procedimientos durante la investigación.
· El fiscal solo se entera después de recibir el informe del investigador
o En aquel momento elaborará un programa metodológico para que dicho funcionario continúe con su labor.

3.2 El investigador ahora
· Es valido que él recepcione el testimonio como medio de prueba.

3.2.1 En 2005
· Hará entrevistas, preservando las grabaciones en cadena de custodia
· Las entrevistas se convierten en testimonio solo en juicio abierto.

3.2.2 ¿Qué significa?
· El investigador hará la entrevista
o Lo preservará en forma escrita y/o grabada.
o Tendrá que realizar su entrevista siguiendo reglas técnicas (protocolo)
o Se requerirá la plena identificación del entrevistado, debido al hecho que si no se presenta en el juicio, no existirá testimonio

3.3 El investigador ahora
· Recoge elementos probatorios para nunca volver a verlos.

3.3.1 En el 2005
· Al recoger los elementos probatorios en el lugar de los hechos, tiene que reconocerlos otra vez en juicio abierto, y sustentar su importancia, su validez, y el motivo de su recolección.

3.3.2 ¿Qué significa?
· Tiene que conocer y aplicar todos los protocolos de fijación, recolección, embalaje y rotulación de los elementos probatorios.
· Será el responsable en la preservación y protección de los elementos
· Elemento que no llega al juicio, nunca existió.

3.4 El investigador ahora
· El investigador captura para investigar

3.4.1 En el 2005
· El investigador investiga para capturar

3.4.2 ¿Qué significa?
· Ahora, el investigador tiene hasta 6 meses para investigaciones previas, y la instrucción puede durar otros 18 a 24 meses.
· El investigador en el nuevo sistema hará su investigación para desarrollar, antes de una orden de captura, suficientes pruebas para lograr un fallo condenatorio.
· En caso de captura en flagrancia, deben existir suficientes pruebas a la hora de hacer la captura para conseguir un fallo condenatorio.

3.5 El investigador ahora
· Sabe que existe una cadena de custodia, pero . . .
3.5.1 En el 2005
· La cadena de custodia será rigurosa y se extenderá desde el lugar de los hechos, hasta su reconocimiento en el juicio abierto por la persona quien recolectó los elementos probatorios (probablemente el investigador).

3.5.2 ¿Qué significa?
· Tendrá que describir el elemento con exactitud.
· Tendrá que ser responsable por las cantidades y el peso de sustancias.
· Tendrá que reportar en su informe la disposición de todo elemento.

Nota para el instructor: Proyecte la diapositiva # 18, “El investigador”

3.6 El investigador ahora
· Casi nunca tiene necesidad de presentarse en audiencia.

3.6.1 En el 2005
· Casi siempre tendrá que presentarse para testificar.

3.6.2 ¿Qué significa?
· El investigador tendrá que recordar todo lo que pasó, lo que él y los demás hicieron, y dónde y como quedó todo elemento probatorio
· Tendrá que contestar preguntas, no solo del fiscal sino del defensor
· Tendrá que estar preparado para sustentar sus procedimientos y sus habilidades como investigador

Objetivo de Aprendizaje 4

4. Describir las funciones que le competen al fiscal como representación del Estado en el 2005 de acuerdo a la instrucción.

Aunque el Fiscal no irá al lugar de los hechos, asesorará al investigador en muchos otros aspectos. Además, tendrá el nuevo rol de litigar.

4.1 El Fiscal
· Representa el gobierno
· Autoriza ciertos medios de investigación
· Aplica el principio de oportunidad
· Es asesor legal del investigador
· Decide acusar o no acusar
· Puede celebrar preacuerdos y negociaciones
· Presenta los elementos probatorios y testigos ante los jueces
· Solicita determinada sentencia (puede solicitar una rebaja para agilizar el proceso)
· Puede celebrar preacuerdos y negociaciones.


Objetivo de Aprendizaje 5

5. Describir las funciones que cumplirá el defensor en el 2005 de acuerdo a lo visto en la lección.

En el 2005, el defensor tendrá un rol mucho más abierto y activo que actualmente. También tendrá que litigar. Sin embargo, no tiene que comprobar la inocencia de su cliente. Se puede limitar a demostrar una duda razonable.

5.1 El Abogado Defensor
· Protege los derechos del acusado
· Empieza sus labores a partir de la imputación
· Después de la acusación, pero antes del juicio:
o Busca demostrar que no hay causa probable, ante el juez de garantías
o Busca demostrar que no se justifica la detención, ante el juez de garantías
o Evalúa los elementos probatorios, solicita ante el juez de conocimiento que no acepte ciertos elementos
o Se prepara para el juicio
· Asesora al acusado
· Mediante sus alegatos pretende determinar la existencia de duda razonable.
· Contrainterroga a los testigos presentados por el fiscal.
· Presenta elementos probatorios o testigos para la defensa en el juicio


Objetivo de Aprendizaje 6

6. Describir las funciones a cumplir por parte del juez de garantías en el nuevo sistema penal de acuerdo a lo visto en la instrucción.

6.1 El Juez de Garantías
· Evalúa ciertos medios de investigación autorizados por el fiscal
· Autoriza acusación directa, a solicitud del fiscal cuando determina, en reserva, que:
o Los elementos probatorios indican causa probable de que se ha cometido un delito, y
o El acusado es el autor
· En la acusación directa, a solicitud del fiscal, autoriza la captura del acusado
· Celebra una audiencia con el acusado posterior a su captura para:
o Notificar al acusado de los cargos
o Asignarle un defensor de oficio si no tiene uno.

Objetivo de Aprendizaje 7

7. Describir las funciones encomendadas al juez de conocimiento en el 2005 de acuerdo a lo presentado en clase.

7.1 El Juez de Conocimiento
· Antes del juicio
o Ordena que el fiscal y el defensor presenten una relación de todos los elementos probatorios

o Determina (después que el fiscal y el defensor han presentado sus argumentos) cuáles elementos probatorios se permitirán en el juicio
o Determina el procedimiento del juicio

· En el juicio:
o Es juzgador de la ley y de los elementos probatorios
o Es responsable de asegurar que tanto el acusado como el fiscal tengan un juicio razonable y justo para todos
o El juez declara la culpabilidad, si los elementos probatorios constituyen prueba suficiente de que:
· Se ha cometido un delito y
· El acusado es el autor

· En la audiencia de la sentencia
o Oye los alegatos del fiscal, del defensor, y testimonios de terceros llamados a testificar
o Dicta la sentencia de conformidad con la ley
o Asegura que el acusado tenga un defensor, si desea apelar

El ministerio público

Puede intervenir en la práctica de la prueba, en la audiencia preliminar y excepcionalmente, interrogando a testigos en el juicio oral. Agotadas las pruebas del fiscal y del defensor, si tiene conocimiento de una prueba no practicada, puede solicitar la práctica de la misma. Además puede presentar alegatos al final.


“La victima”

El proyecto de Código de procedimiento penal, le da gran importancia a la protección y sobre todo restablecimiento de los derechos de la víctima, la que en la nueva legislación no solo tendrá interés patrimonial, sino también punitivo, por lo que podrá hacer representar sus intereses en la investigación y en el juicio mediante su abogado, quien tendrá los mismos derechos y facultades de los demás sujetos procesales, con ciertas limitaciones:
En el juicio oral el abogado de la víctima está facultado a alegar al final, después de la práctica de pruebas. No está facultado para cualquier actividad durante la práctica de pruebas.

El indiciado-imputado-acusado

De acuerdo a la etapa de la investigación el responsable de la actuación toma esta denominación.

En la epata previa indiciado; a través de la audiencia de la imputación es imputado y después de la audiencia de la acusación es el acusado.

Objetivo de Aprendizaje 8

8. Identificar el juicio como etapa del proceso penal de acuerdo a lo visto en la instrucción.

El proceso del juicio se llevará a cabo con acceso del público. Debe mostrar la claridad y transparencia del sistema para con la ciudadanía. Eso encausará un nivel alto de confianza en el estado y el sistema (siempre y cuando no se demuestre lo contrario).

8.1 El Juicio
· La imputación marca el momento que el indiciado pasa a ser imputado con derechos a representación, aunque la acusación marca el inicio de la etapa del juicio
· La presunción de inocencia existe durante todo el juicio
· El peso de la prueba recae sobre el Fiscal a lo largo de todo el proceso
· Todos los elementos probatorios se judicializarán durante el juicio
· El acusado tiene derecho a guardar silencio durante todo el proceso
· El juicio está abierto al público

8.2 El proceso incluye
· Declaración por fiscal
· Declaración por el defensor (opcional)
· Práctica de pruebas materiales y testimoniales por el fiscal
o Interrogatorio, Redirecto por el fiscal
o Contraiterrogatorio, Aclaraciones por el defensor
· Práctica de pruebas materiales y testimoniales por el defensor (opcional)
· Alegatos
· Fallo por el juez

Objetivo de Aprendizaje 9

9. Enumerar las características que integran el proceso oral de acuerdo a lo visto en la lección.

9.1 La oralidad
· Existe durante todo el proceso
o En la investigación
§ Entre el fiscal, el investigador, y el juez
o En el Juicio
§ Los elementos probatorios se presentan a través de testigos
§ Los testigos responden bajo juramento
§ Existe inmediación y confrontación de testigos y elementos probatorios mediante el interrogatorio y el contrainterrogatorio.
o En las audiencias posteriores

III. Resumen

Revisión

Algunas preguntas que revelan el nivel de aprendizaje del participante y que redondea el tema
Nombra los cinco actores.
Describe las funciones de por lo menos uno de los actores principales.
Compara algunas de las labores investigativas ahora con otros del 2005
¿Qué significa oralidad?
¿Por qué no asiste al lugar de los hechos el fiscal, en el nuevo sistema?

Objetivos de aprendizaje (enunciarlos)

Nombrar los ocho actores principales en el nuevo sistema de acuerdo a lo visto en la lección.
Describir qué funciones cumplirá el investigador en el nuevo sistema penal acusatorio de acuerdo a la instrucción recibida.
Comparar algunas tareas que cumple un investigador en la actualidad con las que cumplirá en el nuevo sistema de acuerdo a los conocimientos impartidos.
Describir las funciones que le competen al fiscal como representación del Estado en el 2005 de acuerdo a la instrucción.
Describir las funciones que cumplirá el defensor en el 2005 de acuerdo a lo visto en la lección.
Describir las funciones a cumplir por parte del juez de garantías en el nuevo sistema penal de acuerdo a lo visto en la instrucción.
Describir las funciones encomendadas al juez de conocimiento en el 2005 de acuerdo a lo presentado en clase.
Identificar el juicio como etapa del proceso penal de acuerdo a lo visto en la instrucción.
Enumerar las características que integran el proceso oral de acuerdo a lo visto en la lección.

Para que en el año 2005 todo investigador quede listo para el nuevo sistema, se requiere una labor coordinada y extensa. Además se requiere una actitud positiva y una disposición de los participantes para seguir la preparación de si mismos y de “preparar la tierra” con sus compañeros y jefes.

IV. Transición

En la siguiente clase veremos algunos de los principios rectores, para empezar nuestro estudio del proyecto del nuevo Código.

No hay comentarios: